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Venezolanos con documentos vencidos en Argentina

La Resolución 388/2024 permitió ingresar y tramitar la residencia con pasaporte o cédula vencidos. Qué decía y por qué no podemos confirmar si sigue vigente.

1 de noviembre de 20264 min de lectura0 visitasAR

Durante años, el obstáculo más repetido de la migración venezolana a Argentina no fue el viaje ni el trabajo. Fue un papel. Pasaportes y cédulas vencidos, un consulado venezolano en Buenos Aires que dejó de funcionar y una exigencia de documentos vigentes para tramitar la residencia. En septiembre de 2024, la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) dictó una norma pensada específicamente para ese problema. Explicamos qué decía, para quién era y qué no sabemos de su vigencia actual.

El problema de fondo

Para pedir la residencia en Argentina, la regla general es presentar un documento de identidad o pasaporte vigente, antecedentes penales y otros papeles. Muchos venezolanos no podían: sus pasaportes habían vencido y renovarlos requería pasar por un consulado cuya sede en Buenos Aires llevaba tiempo sin atender. La propia DNM lo reconoció en los considerandos de su resolución: los venezolanos «han abandonado su país de origen en condiciones de extrema vulnerabilidad y con documentación de viaje vencida o sin documentación alguna», una situación agravada por el cierre indefinido de la representación diplomática. Muchos pedían refugio ante la CONARE, la comisión que evalúa esas solicitudes, solo para conseguir un certificado de residencia precaria, algo que la resolución describe como un uso desnaturalizado del estatuto de refugio.

La Resolución 388/2024

Se publicó en el Boletín Oficial el 6 de septiembre de 2024 y creó un régimen especial para ciudadanos venezolanos. Según El Diario y Voz de América, que lo reseñaron esos días:

  • Ingreso con documentos vencidos. Se podía entrar al país con pasaporte o cédula venezolana vencidos, siempre que el vencimiento no superara los 10 años.
  • Residencia con esos documentos. Se podía iniciar el trámite de residencia temporal (por dos años) o permanente con los documentos vencidos, o mediante declaración jurada para quienes no tenían ninguno.
  • Menores de 9 años. Los niños sin cédula ni pasaporte podían ingresar de manera excepcional con la partida de nacimiento.
  • Requisitos flexibilizados. Se simplificó lo relacionado con antecedentes penales y se eximió de las legalizaciones o apostillas cuando fueran imposibles de cumplir.
  • Expulsiones suspendidas. Durante la vigencia del régimen se suspendían las medidas de conminación a abandonar el país y las expulsiones fundadas en ciertas causales de la Ley de Migraciones, para quienes solicitaran regularizarse, estuvieran o no notificadas y fueran firmes o no.

El régimen tenía una vigencia inicial de 90 días, prorrogables. Algunas guías de viaje daban un límite de dos años de vencimiento y no de diez, pero las fuentes periodísticas y la reseña de la resolución coinciden en los diez años, y nos quedamos con esa cifra.

Lo que no sabemos: ¿sigue vigente?

Aquí tenemos que ser claros. No encontramos una fuente oficial que confirme hoy si el régimen sigue abierto, si se prorrogó más allá de 2025 o si fue reemplazado. Un informe del Observatorio de Migración y Asilo de CAREF de octubre de 2025 lo cita como el último de los regímenes especiales para venezolanos (2024-2025), lo que sugiere que pudo haber terminado, pero no tenemos el texto que lo confirme. Tampoco hay un dato oficial confiable de cuántas personas se acogieron.

Si piensas hacer el trámite, no te bases en este artículo ni en ninguna nota de prensa. Pregunta directamente a la DNM, revisa el Boletín Oficial o consulta a una organización especializada.

Cómo se relaciona con el DNU 366/2025

La resolución se dictó antes del decreto que cambió las reglas de residencia en mayo de 2025. Con el nuevo marco, obtener una residencia permanente exige acreditar medios económicos suficientes y la residencia precaria dejó de contar como prueba de arraigo. Cómo conviven ambas normas en la práctica es una pregunta abierta. Resumimos el estado del decreto en este artículo.

Mientras tanto: cuida tus documentos

  • Conserva todas las copias de tu pasaporte y cédula, aunque estén vencidos. Pueden ser necesarios para acreditar identidad.
  • Guarda los comprobantes de ingreso al país, de domicilio y de cualquier trámite migratorio anterior.
  • Si tienes una conminación o una orden de expulsión, consulta cuanto antes con un abogado o con la Defensoría del Pueblo. Los plazos para recurrir son cortos.

Para otros trámites básicos, tenemos la guía para venezolanos en Argentina y el artículo sobre cómo tramitar el pasaporte venezolano en el exterior.

Fuentes

Información de septiembre de 2024; la vigencia actual no pudo confirmarse.

Temas
#documentos vencidos#resolución 388/2024#residencia#migraciones#pasaporte venezolano
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Escrito por

Roberth Dudiver

Editor de ElVainero · Directorio venezolano

Artículo original de ElVainero, publicado el 1 de noviembre de 2026 y actualizado el 9 de octubre de 2026. Es información general y no sustituye el asesoramiento profesional. ¿Encontraste un error? Avísanos. Conoce cómo trabajamos en nuestra política editorial.

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